
Preguntas
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En el marco jurídico español, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico define a las Comunidades de Energías Renovables como:
“Entidades jurídicas basadas en la participación abierta y voluntaria, autónomas y efectivamente controladas por socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables que sean propiedad de dichas entidades jurídicas y que estas hayan desarrollado, cuyos socios o miembros sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras”.
Y a las Comunidades Ciudadanas de Energía como:
“Entidades jurídicas basadas en la participación voluntaria y abierta, cuyo control efectivo lo ejercen socios o miembros que sean personas físicas, autoridades locales, incluidos los municipios, o pequeñas empresas, y cuyo objetivo principal consiste en ofrecer beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros, socios o a la localidad en la que desarrolla su actividad, más que generar una rentabilidad financiera”.
Podrán asociarse o participar en una comunidad energética personas físicas y jurídicas.
- Beneficios económicos
- Fomenta el desarrollo de la economía local.
- Mejora la eficiencia en el consumo, reduciendo costes, permitiendo ahorros en la factura de la luz.
- Posible solución a la pobreza energética, favoreciendo precios más bajos para las personas con menos recursos.
- Beneficios ambientales
- Acelera el proceso de descarbonización del sistema eléctrico y el consecuente abandono de las energías fósiles.
- Fomenta el consumo de energía de km 0, reduciendo las pérdidas en el transporte y distribución.
- Beneficios sociales
- Unión y colaboración ciudadana en proyectos sostenibles.
- Reinversión de los beneficios en la comunidad.
Las comunidades energéticas pueden desarrollar proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible.
- Proyectos de generación de energía renovable, como parques eólicos, plantas solares fotovoltaicas, centrales hidroeléctricas o biomasa, entre otros.
- Proyectos de eficiencia energética, como la renovación de edificios para mejorar su eficiencia energética, la instalación de sistemas de iluminación eficiente, el desarrollo de redes urbanas de calor (District Heating)…
- Proyectos de movilidad sostenible, como la promoción del uso de vehículos eléctricos, la instalación de puntos de recarga, la promoción del transporte público sostenible, etcétera.
Es un grupo de personas consumidoras que se alimentan, de forma acordada, de energía eléctrica que proviene de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a las mismas.
Es decir, un autoconsumo colectivo estará formado por una o varias instalaciones generadoras de energía eléctrica y varios personas consumidoras que se asocian a ellas.
La conexión de las instalaciones de autoconsumo colectivo podrá realizarse en red interior, mediante líneas directas, o a través de red, siempre que se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- Que la conexión se realice a la red de baja tensión que se deriva del mismo centro de transformación al que pertenece la persona consumidora.
- Tanto la generación como los consumos se encuentren conectados a una distancia entre ellos menor de 500 metros.
En el caso particular de instalaciones fotovoltaicas esta distancia podrá ser de hasta 2.000 metros, siempre que la instalación se ubique en su totalidad en:- cubiertas de una o varias edificaciones, o
- suelo industrial, o
- estructuras artificiales cuyo objetivo principal no sea la generación de electricidad.
- Que la instalación generadora y las personas consumidoras asociadas se ubiquen en la misma referencia catastral.
Son sistemas centralizados de generación y distribución de energía térmica en forma de vapor, agua caliente o fluidos refrigerantes, desde fuentes centrales o descentralizadas de producción a través de una red hacia múltiples edificios o emplazamientos, para la calefacción o la refrigeración de espacios o procesos.
Es una forma más eficiente de aprovechar el calor/frío generado que en el caso de soluciones individuales, y también se beneficia del efecto de las economías de escala.
La comercializadora es la empresa con la que la persona usuaria contrata la electricidad. Se puede elegir y se puede cambiar.
Las tarifas se acuerdan con la comercializadora, que a su vez paga una parte destacable a la distribuidora por las tarifas de acceso. También cada vez que la distribuidora tenga que hacer un cobro, como derechos de acceso o extensión o alquiler de contador, lo hará a través de la comercializadora.
Una distribuidora es la empresa que lleva la electricidad a los hogares y empresas, es decir, es quien tiende los cables, instala el contador y responde de que la calidad del suministro eléctrico sea la adecuada.
La distribuidora no se puede elegir y según tu ubicación tendrás asignada una u otra.

Proyecto acogido al programa de ayudas a oficinas de transformación comunitaria (Programa CE Oficinas) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU
- Título del proyecto: OTC Merindades.
- Apoyo recibido: 150.144,00 euros, subvención a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
- Inversión total: 220.800 euros.
- Programa: Ayudas a Oficinas de Transformación Comunitaria para la promoción y dinamización de comunidades energéticas (Programa CE OFICINAS).
- Descripción de la ayuda: Ejecución, desarrollo, puesta en marcha y funcionamiento de la Oficina de Transformación Comunitaria Merindades (OTC Merindades) para la promoción y dinamización de comunidades energéticas en la comarca burgalesa de Las Merindades, compuesta por 27 municipios, de los que 26 son municipios de Reto Demográfico y 10 de ellos están incluidos en convenios de transición justa.
En Castilla y León hay dos oficinas de transformación comunitaria con las que colaboramos:
OTC Energía para el pueblo (frontera con Portugal de Zamora y Salamanca)
OTC Enerza (provincia de Zamora)